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año:2010
 
institución:TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12721 21 de diciembre de 2010 DCA-0954 Licenciado Erick Guzmán Vargas Prosecretario Tribunal Supremo de Elecciones Fax: 2233-3563 Estimado señor: Asunto: Aprobación del contrato de compra de switches de cómputo suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa SPC Internacional S.A. por un monto de doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con ochenta y dos centavos ( $249.475,82). Licitación Pública 2010LN-000030-85002. Damos respuesta al oficio STSE-3812-2010 de 6 de diciembre del 2010 mediante el cual somete a refrendo el contrato de compra de switches de cómputo suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa SPC Internacional S.A. por un monto de doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con ochenta y dos centavos ($249.475,82) correspondiente a la Licitación Pública 2010LN-000030-85002. I. Antecedentes La Administración tramita la Licitación Pública 2010LN-000030-85002 para la compra de switches de cómputo. Se presentaron tres ofertas a concurso resultando adjudicada la empresa SPC Internacional S.A. por cumplir con los aspectos técnicos y legales y tener el mejor precio. II. Criterio del Despacho Una vez efectuado el análisis correspondiente, según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los alcances del análisis de los contratos se devuelve el contrato debidamente refrendado, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del Licenciado Erick Guzmán Vargas en su condición de Prosecretario del TSE y de solicitante del refrendo, o de quién ocupe su cargo. En caso de que no resulte competente, es responsabilidad de ese funcionario instruir a la dependencia que ...
Fecha publicación: 23/12/2010
Fecha emisión: 21/12/2010
Documento: 12721-2010.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11676 29 de noviembre, 2010 DCA-0705 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Estimado señor: Asunto: Aprobación del contrato de compra de servidores de cómputo suscrito entre esa Institución y la empresa Componentes el Orbe S.A. por un monto de doscientos sesenta y dos mil setecientos trece dólares cincuenta y siete centavos ($262.713.57). Licitación Pública 2010LN-000034-85002. Damos respuesta al oficio STSE-3319-2010 de 25 de octubre del 2010 recibido en esta División el día 26 mediante el cual somete a refrendo el contrato de compra de servidores de cómputo suscrito entre esa Institución y la empresa Componentes El Orbe S.A. correspondiente a la Licitación Pública 2010LN-000034-85002. Este oficio se complemento con el oficio STSE-3580-2010 en el que se remite información adicional. I. Antecedentes La Administración tramita la Licitación Pública 2010LN-000034-85002 para la compra de servidores de cómputo. Se presentaron tres ofertas al concurso resultando adjudicada la empresa Componentes el Orbe que cotizó para todas las líneas y ofreció el mejor precio. II. Criterio del Despacho Una vez efectuado el análisis correspondiente, según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los alcances del análisis de los contratos se devuelve el contrato debidamente refrendado, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del Licenciado Alejandro Bermúdez Mora en su carácter de Secretario del Tribunal Supremo de Elecciones o quien ejerza este cargo. En caso de que el mismo no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda ejercer el control sobre los condicionamientos señalados a continuaci ...
Fecha publicación: 02/12/2010
Fecha emisión: 29/11/2010
Documento: 11676-2010.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 03818 29 de abril, 2010 DJ-1569 Licenciado Juan Rafael Salas Navarro Prosecretario Tribunal Supremo de Elecciones Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato de obra de remodelación del sétimo piso de la sede Central del Tribunal Supremo de Elecciones suscrito por el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa GAIA S.A., por un monto de ¢201.973.000 Licitación Pública No 2009LN-000075-85002 Nos referimos a su oficio STSE 0778-2010, del 23 de marzo de 2010, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación el contrato de obra de remodelación del sétimo piso de la sede Central del Tribunal Supremo de Elecciones suscrito por el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa GAIA S.A., por un monto de ¢201.973.000 Licitación Pública No 2009LN-000075- 85002. Una vez efectuado el estudio de rigor, esta División devuelve con el refrendo respectivo el contrato de mérito sujeto a lo siguiente: 1) Es responsabilidad de esa Administración la certificación de contenido presupuestario por el orden de ¢220.000.000 contra la subpartida presupuestaria No 5-02-01 Edificios, solicitud de pedido 4010920141, emitida por el Lic. Carlos Umaña Morales, Contador del TSE visible al folio 1387 del expediente. En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación. 2) Es también de su responsabilidad, el verificar que el contratista se encuentra al día con el pago de las cuotas obreras y patronales. De previo a dar la orden de inicio, y durante la ejecución la Administración deberá velar porque se cumpla con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, el cual establece que se deberá estar al d ...
Fecha publicación: 04/05/2010
Fecha emisión: 29/04/2010
Documento: 03818-2010.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS